Resumen de Beneficios Aprobados

La otorgación del beneficio estará sujeta a lo dispuesto en los reglamentos aprobados por la Junta de Síndicos.

Ayuda para Cubrir Gastos de Vivienda

Este beneficio ayuda a cubrir los gastos no cubiertos relacionados a la pérdida total o parcial de la vivienda principal, mobiliario, enseres o vestimenta para el unionado en situaciones de emergencias causadas por desatres naturales y causas fortuitas al igual que en casos de desahucio.

Ayuda para cubrir Gastos de Funerales

El propósito de este beneficio es ayudar a cubrir los gastos funerales no cubiertos por seguros o plan pre-pagado del unionado, su cónyuge, hijos y padres.

Ayuda para la Rehabilitación y Tratamiento de Sustancias Controladas, Alcohol y Casos de Violencia Doméstica

Ayuda para cubrir parte de los gastos de rehabilitación y tratamiento por el uso de sustancias controladas o alcohol y casos de violencia doméstica no cubiertos por convenios colectivos, seguros o planes médicos del unionado, cónyugue e hijos.

Ayuda para Gastos Legales

El propósito de este programa es ayudar a cubrir algunos gastos legales en los que un unionado pudiera incurrir tales como: filiación, pensiones alimentarias, adopción, declaratorias de herederos, apelaciones ante la Comisión Industrial del Fondo del Seguro del Estado y al Seguro Social en casos de Incapacidad.

Ayuda Económica en Casos de Desempleo ("Lay-off")

Provee ayuda económica a los unionados que han sido cesanteados con derecho a re-empleo, conforme a los artículos de Antigüedad y de Reducción de Personal y Re-empleo de los Convenios Colectivos según sus años de servicio.

Becas para Estudios o Programas de Adiestramiento

Este beneficio provee ayuda económica al unionado o sus hijos con discapacidad o necesidad educativa para cubrir los gastos educativos o de adiestramiento en instituciones educativas no cubiertos por otro tipo de becas, Convenios Colectivos o ayudas del gobierno. Se entenderá por instituciones educativas aquellas que estén acreditadas por el Consejo General de Educación Superior Pública de Puerto Rico.

Ayuda para Tratamiento Médico, Hospitalario, Equipos y Altos Deducibles

Este beneficio ayuda a cubrir algunos gastos no cubiertos totalmente por ningún seguro o planes médicos primarios y suplementarios del unionado, su cónyuge e hijos. Entre los gastos que pudieran ser cubiertos están: tratamiento médico no rutinario, hospitalarios, equipos médicos, altos deducibles, medicamentos y laboratorios o estudios de enfermedades castastróficas tales como: cáncer, SIDA, condiciones de ceguera, transplantes de órganos y tejidos, Alzheimer, enfermedades coronarias y diabetes. También puede ayudarte con los gastos de traslado aéreo o terrestre y de hospedaje por concepto de enfermedades catastróficas dentro y fuera de Puerto Rico.